Diferencias fiscales al comprar una casa nueva o de segunda mano
Hoy hablaremos de las diferencias fiscales al comprar una casa nueva o de segunda mano.
1. Impuestos al comprar una vivienda nueva. Al adquirir una casa nueva habrá que pagar el IVA. El Impuesto sobre el Valor Añadido se aplica sobre los bienes recién manufacturados, los que no han pasado por ninguna otra mano hasta llegar a la primera persona física (tu, el comprador). En España hay varios tipos de IVA: general, reducido y superreducido. El tipo de IVA que se aplica a las viviendas de nueva construcción es el reducido del 10% con carácter general. La excepción la marcan las VPO de régimen especial o de promoción publica sobre las que se aplica el IVA superreducido del 4%. Además, en Canarias se aplica el IGIC Canario en lugar del IVA, que se sitúa en un 6,5% para viviendas de carácter general y en un 3% para viviendas sociales.
2. Impuestos al comprar una vivienda de segunda mano. Este tipo de compraventas están gravadas por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP). A diferencia del IVA, el ITP es un impuesto transferido a las comunidades autónomas, por lo que el porcentaje a pagar no es el mismo en todas las regiones. Puede oscilar desde el 4% del País Vasco, hasta el 10% de comunidades como Galicia o Valencia. Además, el ITP diferencia entre el uso que se le vaya a dar a la vivienda, quien la compra o el importe de la operación. Este tributo lo tendrás que liquidar en un plazo de 30 días desde la compra de la vivienda.
Si tienes dudas, ponte en contacto con nosotros. En JM RUBIO te asesoraremos y guiaremos durante todo el proceso.
Hoy hablaremos de las diferencias fiscales al comprar una casa nueva o de segunda mano. 1. Impuestos al comprar una vivienda nueva. Al adquirir una casa nueva habra que pagar el IVA. El Impuesto sobre el Valor Añadido se aplica sobre los bienes recien manufacturados, los que no han pasado por ninguna otra mano hasta llegar a la primera persona fisica (tu, el comprador). En España hay varios tipos de IVA: general, reducido y superreducido. El tipo de IVA que se aplica a las viviendas de nueva construccion es el reducido del 10% con caracter general. La excepcion la marcan las VPO de regimen especial o de promocion publica sobre las que se aplica el IVA superreducido del 4%. Ademas, en Canarias se aplica el IGIC Canario en lugar del IVA, que se situa en un 6,5% para viviendas de caracter general y en un 3% para viviendas sociales. 2. Impuestos al comprar una vivienda de segunda mano. Este tipo de compraventas estan gravadas por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP). A diferencia del IVA, el ITP es un impuesto transferido a las comunidades autonomas, por lo que el porcentaje a pagar no es el mismo en todas las regiones. Puede oscilar desde el 4% del Pais Vasco, hasta el 10% de comunidades como Galicia o Valencia. Ademas, el ITP diferencia entre el uso que se le vaya a dar a la vivienda, quien la compra o el importe de la operacion. Este tributo lo tendras que liquidar en un plazo de 30 dias desde la compra de la vivienda. Si tienes dudas, ponte en contacto con nosotros. En JM RUBIO te asesoraremos y guiaremos durante todo el proceso. 📞+34691305280 #agenteinmobiliario#casaenventa#inmuebles#inmueble#inmobiliarias#bienesraices#asesorinmobiliario#asesoriainmobiliaria#alquiler#propiedades
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